Mayelin Adames Galva
2012-5086
Faciltador(a): Dra. Maria Soledad Lockhart Pachall.

Teoría de la Comunicación
Los Ayuntamientos Dominicano los componen un Alcalde, un (a) Vice-Alcaldesa, y en el caso del Municipio de San Cristóbal 17 Ediles, de los cuales 8 pertenecen al Partido Revolucionario Dominicano y 9 del Partido de la liberación Dominicana y Aliados. La ley que rige los Ayuntamientos Dominicano es la 176-7. Cada cuatro años la municipalidad elige nuevas autoridades; el periodo 2010-2016, tendrá dos años más que los antecesores, con fines de unificar las celebraciones Electorales de la Elecciones Congresionales y Presidenciales.
El
Ayuntamiento Municipal de San Cristóbal además de las autoridades elegidas por el
pueblo, ya mencionadas, los forman diferentes departamentos, los principales
son: Despacho del Alcalde, Secretaria
General, Presidencia, Servicios Municipales, Contraloría, Medio Ambiente,
Ornato y Limpieza, Administrativo entre otros.
La Sala
Capitular es el Órgano
normativo y de fiscalización del Ayuntamiento. En modo alguno ejerce labores
administrativas y ejecutivas. Se
efectúan sesiones Ordinarias mensuales de acuerdo a lo establecido por la Ley, extraordinaria en la
ocasiones que las autoridades lo requieran. La función es regulada de conformidad con Ley y Reglamentos de Servicio y carrera
administrativa que aplique en general
para la administración pública.
El
Ayuntamiento Municipal, gestión 2010 -2016, encabezada por el Alcalde Raúl Mondesí,
y a la cual pertenezco, para mi es la oportunidad que le da el pueblo a través
de su elección a un equipo para que los
representes velen por el desarrollo y
bienestar de una población en sentido general. Creo que como ocurre en cada Institución o empresa, existen cosas que
mejorar y otra para darle continuidad.
Las
relaciones entre los diferentes Departamentos deben ser más estrechas ya que
uno depende del otro, y por tanto el desempeño y manejo conllevaría a una gestión con mayor eficiencia.
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